Suspensión de líneas celulares por falta de registro
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) estableció que las líneas celulares cuyo último dígito sea 1 tienen hasta el 31 de agosto de 2026 para completar su registro y evitar la suspensión del servicio.
Esta medida obliga a que cada línea móvil esté asociada a una persona física o moral. El objetivo es reducir el anonimato en el uso de teléfonos celulares y combatir delitos como fraude, extorsión y secuestro virtual.
Proceso de suspensión gradual
Si al concluir el plazo del 31 de agosto la línea permanece sin vincular, el operador podrá deshabilitar sus servicios dentro de las siguientes 72 horas. La suspensión implica que la línea dejará de contar con servicios habituales como llamadas, mensajes SMS y datos móviles.
El calendario de suspensión continuará de manera gradual para líneas con terminaciones del 2 al 9 entre el 15 de septiembre y el 31 de diciembre de 2026.
Requisitos para la vinculación
Los usuarios pueden realizar la vinculación incluso después de la suspensión y recuperar el servicio. Para realizar el trámite se requiere acreditar la identidad conforme a las reglas establecidas.
La vinculación para personas físicas se realiza con identificación oficial y CURP, mientras que las líneas de personas morales se identifican mediante RFC.
