La reforma laboral establece reducción gradual de la jornada máxima semanal de 48 a 40 horas entre 2027 y 2030
A partir del 1 de enero de 2027, todas las empresas estarán obligadas a llevar un registro electrónico de la jornada laboral de cada trabajador. Este registro deberá incluir la hora de inicio y finalización de la jornada, y la información deberá entregarse a la autoridad cuando sea requerida.
La reforma laboral también contempla una reducción gradual de la jornada máxima semanal. En 2027, la jornada máxima será de 46 horas; en 2028, de 44 horas; en 2029, de 42 horas; y en 2030, de 40 horas.
Requisitos y disposiciones del registro electrónico
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) establecerá las disposiciones generales para el registro electrónico. Las empresas deberán adaptar o implementar mecanismos digitales que permitan controlar y conservar la información de las jornadas laborales.
El registro electrónico tendrá valor probatorio pleno si es acordado entre trabajador y empleador y permite identificar y conservar registros confiables de entrada y salida. Además, puede servir como evidencia para los trabajadores en casos de diferencias por jornadas extendidas o incumplimientos del horario.
Sanciones y cumplimiento
El incumplimiento de la obligación de llevar el registro electrónico puede generar multas que van de 250 a 5 mil UMA. Las empresas deberán asegurarse de cumplir con estas nuevas disposiciones para evitar sanciones.
