La reforma sanciona el uso comercial indebido de símbolos oficiales y fue aprobada con 281 votos a favor y 87 en contra.
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el 21 de octubre de 2026 la reforma conocida como Ley Antimemes 2, que establece nuevas sanciones para quienes utilicen de manera indebida símbolos oficiales con fines comerciales. La reforma contempla penas de prisión de uno a cinco años y multas que van de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que puede superar el millón de pesos según el valor vigente de la UMA.
La ley sanciona específicamente el uso, reproducción, imitación o alteración comercial de elementos de identidad institucional, como logotipos, emblemas, dominios electrónicos y documentos oficiales, cuando exista la intención de inducir al error o al engaño para cometer un delito. Además, la reforma incluye penas de hasta 10 años de prisión para quienes distribuyan o publiquen sin autorización contenidos protegidos antes de su lanzamiento oficial.
La iniciativa fue aprobada con 281 votos a favor y 87 en contra, y posteriormente fue turnada al Poder Ejecutivo para su publicación oficial. Los partidos Morena, Partido del Trabajo (PT) y Partido Verde Ecologista de México (PVEM) impulsaron la reforma, asegurando que no está dirigida a perseguir a ciudadanos o creadores de contenido por publicar memes, hacer humor o expresar críticas políticas.
Por su parte, la oposición, especialmente legisladores del PRI, manifestó preocupaciones sobre la posible ambigüedad del texto y su impacto en la libertad de expresión. La reforma busca también armonizar la legislación mexicana con el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
